La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó este martes importantes modificaciones en el régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para las operaciones de venta de productos nuevos y usados, así como servicios, concertadas a través de plataformas digitales. La medida, publicada en el Boletín Oficial, busca actualizar los parámetros que definen quiénes son considerados vendedores habituales y, por ende, sujetos a estas retenciones, elevando significativamente los montos mínimos que habían quedado desfasados por la inflación para evitar que afecten a usuarios no comerciales.
A partir de la entrada en vigencia de la norma, se establecen nuevos pisos de facturación para que las plataformas (como Mercado Libre y otros marketplaces) actúen obligatoriamente como agentes de percepción. Esto significa que los pequeños contribuyentes o vendedores ocasionales que no superen estos nuevos límites de ventas mensuales o cantidad de operaciones quedarán exentos de sufrir estos adelantos impositivos automáticos. La decisión tiene como objetivo principal aliviar la carga financiera y administrativa sobre los emprendedores y particulares que utilizan estos canales digitales como un ingreso extra y no como una actividad empresarial a gran escala.
Por otro lado, la normativa especifica que aquellos usuarios que sí superen los parámetros de habitualidad —tanto en volumen de dinero como en cantidad de unidades vendidas— seguirán tributando, pero bajo un esquema actualizado. Con esta reforma, el organismo recaudador intenta depurar el padrón de retenciones, enfocando la fiscalización en los verdaderos actores comerciales de la economía digital y corrigiendo las distorsiones que provocaban que simples ventas domésticas sufrieran descuentos impositivos desproporcionados.